Una
reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid avala que
una empresa contratara a uno de estos profesionales ante las sospechas de que
la baja médica de un trabajador era falsa.
En
este caso el trabajador llegó hasta el tribunal Superior alegando violación del derecho fundamental a la intimidad o uso excesivo de
las facultades empresariales de vigilancia y control de los trabajadores.
El
uso de detectives privados para descubrir a empleados bajo sospecha, herramienta
probatoria que muchas empresas utilizan ante la sospecha de fraude, tiene el respaldo
del Alto Tribunal.
El
seguimiento del detective probó fehacientemente el fraude, puesto que el realizaba
en el jardín de su casa tareas de albañilería y bricolaje para las cuales
utilizaba y cargaba herramienta de peso, iba y venía conduciendo su coche, y
llevaba bolsas con compras en ambas manos, a pesar de su supuesta lesión
inhabilitante en un brazo
El
TSJ insiste en que la medida empresarial está justificada y señala que el
informe de la agencia de investigación sirve de prueba incriminatoria. Recuerda
que, aun cuando los trabajadores tienen los mismos derechos fundamentales que
el resto de ciudadanos, "el marco de la relación laboral determina que los
términos de dicho reconocimiento sea más restrictivo" en favor del
ejercicio de las "facultades empresariales que derivan del mismo contrato
de trabajo y de la libertad de empresa entre las que se encuentran la organización
del trabajo, el control de su cumplimiento y, en su caso, la sanción por los
incumplimientos
El
Tribunal recuerda que existen límites legales para estas actividades según el
siguiente redactado “los detectives no
podrán realizar investigaciones sobre delitos perseguibles de oficio, ni utilizar
medios materiales o técnicos que atenten contra el derecho al honor, a la
intimidad personal o familiar o a la propia imagen o al secreto de las
comunicaciones". Además, "están obligados a guardar riguroso secreto
y sólo pueden facilitar datos a quien les contrata y a los órganos judiciales y
policiales competentes".
Esta sentencia avala el criterio seguido siempre por este despacho profesional de la posibilidad de contratar detectives privados, por parte de la empresa o profesional contratante, para demostrar un fraude de ley, siempre que se tengan en cuenta los límites establecidos para dicha actividad.
Esta sentencia avala el criterio seguido siempre por este despacho profesional de la posibilidad de contratar detectives privados, por parte de la empresa o profesional contratante, para demostrar un fraude de ley, siempre que se tengan en cuenta los límites establecidos para dicha actividad.