jueves, 26 de septiembre de 2013

La Justicia avala usar detectives privados ante bajas laborales sospechosas



Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid avala que una empresa contratara a uno de estos profesionales ante las sospechas de que la baja médica de un trabajador era falsa.
En este caso el trabajador llegó hasta el tribunal Superior alegando violación del derecho fundamental a la intimidad o uso excesivo de las facultades empresariales de vigilancia y control de los trabajadores.
 
 

El uso de detectives privados para descubrir a empleados bajo sospecha, herramienta probatoria que muchas empresas utilizan ante la sospecha de fraude, tiene el respaldo del Alto Tribunal.

El seguimiento del detective probó fehacientemente el fraude, puesto que el realizaba en el jardín de su casa tareas de albañilería y bricolaje para las cuales utilizaba y cargaba herramienta de peso, iba y venía conduciendo su coche, y llevaba bolsas con compras en ambas manos, a pesar de su supuesta lesión inhabilitante en un brazo

El TSJ insiste en que la medida empresarial está justificada y señala que el informe de la agencia de investigación sirve de prueba incriminatoria. Recuerda que, aun cuando los trabajadores tienen los mismos derechos fundamentales que el resto de ciudadanos, "el marco de la relación laboral determina que los términos de dicho reconocimiento sea más restrictivo" en favor del ejercicio de las "facultades empresariales que derivan del mismo contrato de trabajo y de la libertad de empresa entre las que se encuentran la organización del trabajo, el control de su cumplimiento y, en su caso, la sanción por los incumplimientos

El Tribunal recuerda que existen límites legales para estas actividades según el siguiente redactado   “los detectives no podrán realizar investigaciones sobre delitos perseguibles de oficio, ni utilizar medios materiales o técnicos que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar o a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones". Además, "están obligados a guardar riguroso secreto y sólo pueden facilitar datos a quien les contrata y a los órganos judiciales y policiales competentes".

Esta sentencia avala el criterio seguido siempre por este despacho profesional de la posibilidad de contratar detectives privados, por parte de la empresa o profesional contratante,  para demostrar un fraude de ley, siempre que se tengan en cuenta los límites establecidos para dicha actividad.

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